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Conservación de la Biodiversidad en Chile  

Sistema Nacional de Áreas Protegidas del Estado (SNASPE) Este sistema, administrado por la Corporación Nacional Forestal (CONAF), es la principal herramienta con que Chile cuenta para la conservación in situ de su biodiversidad. Fue creado legalmente en 1984 y agrupa a 31 Parques Nacionales, 48 Reservas Nacionales y 15 Monumentos Naturales que cubren 14 millones de hectáreas (el 19% del territorio de Chile). No obstante la alta proporción del país bajo protección oficial, el SNASPE presenta varias insuficiencias, entre las que destacan la alta proporción de hielos y rocas (22%) y la insuficiente (menos de un 5%) o nula representación de un 60% de las 85 formaciones vegetacionales de Chile. DE allí que el logro de los objetivos nacionales en conservación supone la colaboración entre el estado y los privados.

Áreas Protegidas Privadas (APP) en Chile. A contar de 1990 comenzó a tomar forma en Chile un movimiento espontáneo de iniciativas privadas de conservación de espacios naturales que ha significado la creación de al menos 250 APP con una superficie total que hoy supera el millón 100 mil hectáreas, representando entre un 5% y 6% de la superficie del SNASPE. Aunque corresponden en su mayoría a unas pocas APP de gran tamaño –sólo 7 APP suman alrededor de 1 millón de hectáreas– su crecimiento sostenido es notable dada la inexistencia de incentivos.

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Legislación sobre APP en Chile  

En Chile las Áreas Protegidas Privadas (APP) están reconocidas en el artículo 35 de la Ley de Bases del Medio Ambiente (Ley 19.300 de 1994) que establece que "el Estado fomentará e incentivará la creación de áreas silvestres protegidas de propiedad privada, las que estarán afectas a igual tratamiento tributario, derechos, obligaciones y cargas que las pertenecientes al Ssistema Nacional de Areas Silvestres Protegidas del Estado". La misma Ley prevé en su artículo 36 la elaboración de un Reglamento de Áreas Silvestres Protegidas Privadas el que deberá resolver "los requisitos, plazos y limitaciones de aplicación general que se deberán cumplir para gozar de las franquicias, ejercer los derechos y dar cumplimiento a las obligaciones y cargas". 

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Planificación de Áreas Protegidas Privadas  

Frente a la incipiente institucionalidad relativa a Áreas Protegidas Privadas (APP) en Chile, los compromisos de sus gestores con el objetivo de conservación serán la principal garantía de la permanencia temporal y manejo apropiado de estas iniciativas. De allí que resulte fundamental apoyar la gestión de las APP a través de metodologías de planificación que plasmen estos compromisos de conservación teniendo en cuenta los valores y procesos naturales del predio y las motivaciones y expectativas de los propietarios.

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Legislación sobre APP en América Latina  

En diversos países de América Latina existe un amplio desarrollo legal para regular y fomentar la conservación de la biodiversidad en tierras privadas. No obstante, el marco jurídico varía desde articulados que forman parte de leyes forestales o de medio ambiente, hasta leyes y reglamentos específicos. En general destaca la ausencia de Categorías de Manejo, la obligatoriedad de presentar planes de gestión con posterioridad a la afectación, y el requisito de presentar un informe técnico justificativo junto a la solicitud de afectación. En relación a los criterios de afectación, tanto el grado de detalle como el mecanismo de evaluación es muy variable.

A continuación se entrega información resumida sobre algunos países:

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